Admitida no Senado a seguinte enmenda en relación coa oferta de emprego público para o ano 2015 na Administración de Xustiza:
“G)
En la Administración de Justicia, atendiendo a las especiales
circunstancias que concurren en la situación de cobertura de sus plazas,
se computará el número máximo de plazas a autorizar en función del
número total de plazas de la plantilla aprobadas dotadas
presupuestariamente, y que hayan estado ocupadas por funcionarios
interinos durante al menos los tres últimos años, autorizándose Oferta
de Empleo Público en aquellos Cuerpos de funcionarios en el que el
porcentaje de las plazas con este tipo de ocupación supere el 15% del
total y en un número máximo que, acumulado para todos los Cuerpos, no
podrá superar el 20% de las vacantes.”
Comentarios
Publicar un comentario